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FARMACIA VETERINARIA 96 en su consulta un botiquín de urgencia para almacenar y dispensar, con registro documental, el fármaco animal necesario”. En este botiquín no podrán estar presentes estupefacientes o psicotrópicos. Un “uso prudente y responsable” de los medicamentos, de acuerdo al comunicado de Asfarvet, pasa por garantizar la separación de las funciones de los profesionales sanitarios. Sobre este aspecto, su presidente razona que “el prescriptor debe recetar el tratamiento más adecuado para su paciente, y el farmacéutico debe dispensarlo bajo esa receta”. “Lo tenemos que hacer cumpliendo correctamente con las garantías de calidad, seguridad, trazabilidad, control, registro, almacenamiento, conservación, adquisición, tratamiento de residuos e información sobre el medicamento. Todas estas premisas solamente pueden ser garantizadas por un farmacéutico”, insiste. En su opinión, la lucha contra las resistencias antimicrobianas exige “que todos los profesionales vinculados a la salud humana o animal cumplamos escrupulosamente con nuestras atribuciones legalmente establecidas”. Una mala praxis muy extendida entre las clínicas Asfarvet considera, asimismo, que las “ventas de fármacos orientados a animales que se realizan desde clínicas veterinarias no son excepcionales”. “Es algo que cualquier dueño de mascota puede verificar. El desconocimiento de la magnitud de los datos es precisamente uno de los aspectos que intenta ordenar el Real Decreto”, apunta Álvarez. Sin embargo, denuncian que “esta mala praxis tan extendida no ha tenido hasta ahora sus correspondientes repercusiones”. “Cuando se constata, por un proceso de inspección, que una ley se está incumpliendo y este incumplimiento conlleva sanciones, se deben aplicar. Quizá, la división de las competencias entre distintas administraciones explique la falta de claridad en las obligaciones profesionales y haya demorado la aplicación de las sanciones que recogían las leyes vigentes. El RD 666/2023, además, soluciona también este problema”, insiste el portavoz de los farmacéuticos para un buen uso del medicamento animal. Tal como lo ve Asfarvet, la hoja de ruta que la Administración debería seguir para atajar estas conductas que van en contra de la ley tendría que incluir tres puntos. En primer lugar, señala Fernández, “otorgar a la profesión veterinaria la dignidad que merece e incorporarla a todos los efectos como una importantísima profesión sanitaria que debería ser regulada por la propia Administración sanitaria y no desde administraciones con competencias en medio rural o agricultura; al menos, en cuanto a medicamentos se refiere”. “Las leyes vigentes de uso racional de fármacos animales deben ser inspeccionadas por las autoridades sanitarias”, remarca. También creen que es importante “formar a los profesionales implicados en las actualizaciones de las citadas leyes”. Así como, por último, “informar y concienciar a la población en general acerca de una praxis adecuada con respecto a los medicamentos”. Al margen de estas reivindicaciones, el presidente de Asfarvet deja constancia de que “nuestra relación con los veterinarios siempre ha sido excelente. No se trata de abrir frentes, se trata de que cada rama profesional haga su trabajo bien. Solo queremos que se cumpla la ley”. En este sentido, puntualiza que “no hemos tenido respuesta pública a los comunicados concretos que hemos emitido desde Asfarvet marcando nuestro posicionamiento, aunque sí sabemos lo que piensan mayoritariamente las organizaciones empresariales veterinarias al respecto del Real Decreto”. En otro orden de cosas, el farmacéutico se sincera sobre qué supone la categoría de los medicamentos veterinarios para la farmacia, indicando que “en muchas oficinas de farmacias del rural, la categoría es especialmente relevante”. “Pero no solamente en el rural”, continúa. “En todas las boticas lo es, porque la gente tiene mascotas. Tanto en entornos rurales como urbanos. Por eso, los medicamentos de uso animal deben ser tratados con las mismas garantías que los de uso humano”. Como profesionales, desde Asfarvet no quieren llevar a debate la dicotomía entre ventajas o inconvenientes: “Simplemente, consideramos que cumplir la ley es nuestra inexcusable obligación deontológica como farmacéuticos”, apostilla. Para finalizar, el presidente de la entidad pone en valor que, en muy poco tiempo, desde su fundación en 2021, más de 600 farmacéuticos colegiados se han asociado a ella. Y deja claro que la finalidad de la misma es promover el buen uso del medicamento animal. “Queremos que se nos perciba como un agente esencial para informar y formar en esta dirección, un agente que puede aportar y ofrecer sus puntos de vista cuando se trata de actualizar leyes sobre fármacos animales, vigentes o futuras”. Además de estar a disposición de todos los farmacéuticos, concluye, “también lo estamos para las administraciones sanitarias en todo aquello en lo que podamos ser de utilidad”. “NUESTRA RELACIÓN CON LOS VETERINARIOS SIEMPRE HA SIDO EXCELENTE. NO SE TRATA DE ABRIR FRENTES, SE TRATA DE QUE CADA RAMA PROFESIONAL HAGA SU TRABAJO BIEN. SOLO QUEREMOS QUE SE CUMPLA LA LEY” varez, “estaremos contribuyendo entre todos a luchar contra las resistencias antimicrobianas”. Respecto a las “desafortunadas” informaciones y opiniones que generan confusión sobre ciertos aspectos de la legislación vigente que menciona Asfarvet en su comunicado, el presidente aclara que se refieren en concreto al hecho de que se haya mencionado que pueden morir mascotas si el veterinario no puede elegir el antibiótico adecuado. “Esto no es así, porque el propio texto del Real Decreto recoge con claridad que el criterio clínico del veterinario prevalece. Su juicio clínico no se pone en entredicho a la hora de elegir un antibiótico. En el texto legal, se recoge que la realización del posible antibiograma para justificar el antibiótico elegido se puede realizar a posteriori. Sí, es cierto que la ley reserva un grupo de antibióticos a su uso exclusivamente humano, como es lógico, para preservar su eficacia en las personas, pero ¿quién puede criticar eso?”, esgrime. Junto a esto, tampoco están de acuerdo con que se ponga en duda que, en las farmacias o comerciales veterinarias detallistas, con un farmacéutico al frente, puede no haber existencias de medicamentos concretos. “Si algo caracteriza al modelo español de farmacia es su capilaridad, con más de 22.000 establecimientos distribuidos en todo el territorio, en los que siempre hay servicio de guardia”, destaca Vicente J. Álvarez. Además, recuerda que “el texto legal recoge el supuesto de cesión y establece que, si por razones de lejanía y urgencia no existe en el municipio una oficina de farmacia o un centro de dispensación o venta de medicamentos veterinarios autorizado, el veterinario podrá tener

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