GESTIÓN 38 ANUARIO 2023-24 B. Jiménez (Madrid) ¿En qué consiste la aportación de capital de los mayoristas que son cooperativas? Algunos almacenes de distribución o mayoristas de farmacia se constituyen bajo cooperativas integradas por oficinas de farmacia. Estas cooperativas se constituyen con el ún ico fin de ofrecer diferentes servicios integrales a sus oficinas de farmacias asociadas y ayudarles en el día a día. Esta aportación de capital difiere según la cooperativa, en cuanto a importe total y la forma de aportarse, pero, de forma general, la aportación del capital se realiza de forma diferida en un número de años, con la diferenciación de que algunas establecen los pagos la aportación de capital a través de cuotas de importe igualitario para todos los socios, mientras que otras lo hacen a través de cuotas diferentes para los socios, en función de las compras que realicen a las cooperativas. Debemos mencionar también que los socios deben asumir, además, las correspondientes actualizaciones de IPC de la aportación de capital, con el fin de que todos los socios intervengan con el mismo valor de aportación de forma independiente al número de años que lleven formando parte de la cooperativa. Punto importante es que la oficina de farmacia socia tiene siempre el derecho a recuperar el total del importe del capital aportado, ante su decisión de no querer continuar con los servicios ofrecidos por la cooperativa ni de tener relación con ella. De forma general, los estatutos de estas cooperativas no contemplan, además, ningún tipo de penalización en estos casos. Encarnación T. M. (Toledo) ¿Cuál es el valor de adquisición a considerar en la transmisión de un elemento patrimonial afecto a la oficina de farmacia? Con carácter general, debemos señalar que, en el caso de transmisión de un elemento patrimonial afecto a la farmacia, se considerará como valor de adquisición el valor contable del elemento. Este valor contable deberá minorarse en las amortizaciones fiscalmente deducibles, debiendo considerarse amortizado en todo caso en el importe de la amortización mínima. Respuestas ofrecidas por los departamentos de Compraventa, Gestión y Fiscal. Puede contactar con nosotros en el 91 448 84 22 Fernando R. M. (Asturias) ¿Se puede usar una farmacia como garantía para la compra de otra? Se puede y se suele hacer de forma habitual cuando concurren las circunstancias. Para ello habrá que hacer la correspondiente tasación y el banco constituirá hipoteca mobiliaria. Actúa como el resto de las garantías que se aportan a la operación de compraventa. Suele realizarse cuando algún familiar avala con su propia farmacia la compra de otra que también va a ser hipotecada. La operación de compra aún con la garantía de la farmacia sigue los mismos parámetros a nivel bancario en cuanto a la financiabilidad de la operación. ¿Tiene dudas sobre algún aspecto de su farmacia? Nosotros le ayudamos IM FARMACIAS Y ASEFARMA LE AYUDAN A RESOLVER TODAS AQUELLAS DUDAS QUE TENGA SOBRE SU OFICINA DE FARMACIA. PARA CUALQUIER CUESTIÓN QUE QUIERA REALIZAR, PÓNGASE EN CONTACTO CON ASEFARMA A TRAVÉS DEL TELÉFONO 91 448 84 22 O ESCRIBA UN CORREO ELECTRÓNICO A INFO@ASEFARMA.COM.
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