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101 En algo menos de un lustro ha llegado el respaldo esperado para una amplia gama de productos que se comprometen a aliviar diferentes condiciones de salud que afectan severamente a la calidad de vida. Dentro de una trayectoria que, aunque paralela, no debe ser confundida con la del cannabis medicinal en su totalidad. Ya en 2017, el comité de expertos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) avaló la seguridad del cannabidiol (CBD) como componente más interesante para la salud de la planta del cannabis, variedad Cannabis Sativa, al tener presentes sus potenciales efectos terapéuticos sin causar efectos psicotrópicos ni efectos secundarios reseñables, según los estudios realizados hace unos años por la doctora Simona Pisanti y otros investigadores. Lo que dio opción a confirmar desde entonces sus posibilidades para el tratamiento de la epilepsia, la esclerosis múltiple y otras enfermedades. Una decisión apoyada, entre otras cosas, por los ensayos de fase III que se realizaban entonces con el primer cannabidiol puro, Epidiolex, y que hoy ya se dispensa con normalidad en los hospitales del país por su valor anticonvulsionante. Conocer mejor el CBD Descubierto en 1940, el CBD es uno de los 113 cannabinoides que se obtienen de las plantas de cannabis Cannabis sativa y uno de los más abundantes de la planta porque puede representar hasta el 40% de su extracto. Se trata de un compuesto terpenofenólico de 21 carbonos que se forma por descarboxilación a partir de un precursor del ácido cannabidiólico, que también puede producirse de forma sintética. Su fórmula es C21H30O2 y su situación legal depende de cada país, como se ve a continuación para el caso de España con algunas referencias del contexto internacional. A pesar de ser una sustancia química extraída de la marihuana, el CBD no contiene el ingrediente psicoactivo tetrahidrocannabinol (THC) y, por tanto, no ejerce alteración del funcionamiento natural del sistema nervioso central ni genera dependencia psicológica o física. Habida cuenta de que el organismo produce endocannabinoides de forma natural para su correcto funcionamiento, resulta del mayor interés saber que sus posibles déficits pueden ser corregidos. El sistema endocannabinoide es una red de células distribuidas por todo el cuerpo que puede beneficiarse de manera tópica mediante sustancias aplicadas a la piel, con aceite que actúa sobre el ánimo de la persona y a través de geles deportivos para los músculos con el fin de recuperar la homeostasis que estabiliza la funcionalidad y evita las lesiones. Dado que el CBD tiene capacidad para adherirse a los receptores en dicho sistema endocannabinoide humano. Más posibilidades para el farmacéutico Con la llegada de los productos que contienen CBD, y el aumento de su popularidad y demanda, también crece la necesidad de disponer de un consejo tan profesional como oportuno. El uso de cannabidiol es legal en España mediante su aplicación por vía tópica, dentro de productos cosméticos y también cuando es usado como aceite para aromaterapia, siguiendo usos externos e industriales. Se trata de una substancia que carece de efectos psicotrópicos y que, por tanto, no distorsiona la percepción de la persona que lo aplica. A la vista de la oferta de tiendas online con productos con CBD, la fiabilidad de las farmacias no permite comparaciones. De ahí que crezca su presencia en forma de cremas y aceites con sus preceptivos códigos nacionales de Farmacia. Como garantía frente a los meros aceites supuestamente del cáñamo que no permiten muchas confirmaciones de fiabilidad de la marca a través de internet, o sobre sus ingredientes y etiquetados, pesando la posible falta de analíticas solventes o la dudosa labor realizada desde remotos o esquivos servicios de atención al cliente. Ahí está, por tanto, el profesional sanitario de marcada vocación asistencial para aclarar las propiedades del CBD con destino inicial en las estanterías de parafarmacia y, así, ofrecer productos de cuidado personal con base de cannabidiol en crema, aceite o loción. Da su respaldo así mismo a estos productos el Consejo General de Colegios de Farmacéuticos (CGCOF), al recordar que el cannabidiol (CBD) no es adictivo y posee propiedades anticonvulsivantes marcadas. Ya que en los productos cosméticos está admitido el extracto y el aceite de ciertas partes de la especie Cannabis sativa y el uso de dicho CBD, con cumplimiento de la normativa oficial de cosméticos, lógicamente, por parte de su fabricante. Al ser el CBD ingrediente cosmético legal cada vez más solicitado. En esta línea, el Consejo General también considera imprescindible explorar vías de tratamiento para pacientes con dolor y otro tipo de síntomas en el ámbito de los derivados del cannabis para su uso medicinal, siempre respetando sus premisas de seguridad. En virtud de estas premisas, el máximo órgano de representación profesional considera esencial la intervención de los farmacéuticos comunitarios que hacen posible la disponibilidad de estos productos a través de la red de farmacias, al garantizar la seguridad de los pacientes, la educación sanitaria y el acceso con criterios de equidad a medicamentos que contengan cannabinoides o preparados debidamente estandarizados. Al tratarse de expertos en la custodia, conservación y dispensación de medicamentos, los farmacéuticos son los profesionales sanitarios que pueden proporcionar un marco centrado en el paciente para dispensar medicamentos que contengan cannabinoides, cumpliendo las indicaciones establecidas por las autoridades competentes. A la vez que el farmacéutico presta participación activa como profesional sanitario en los programas de farmacovigilancia y se confirma como valor fundamental en el ámbito de la utilización de este tipo de productos. Con objeto de reducir los riesgos derivados de un hipotético mal uso, así como para evaluar adecuadamente los resultados clínicos al ritmo que se producen. Revalida por ello el buen uso del CBD, presente y futuro, la garantía que ofrecen las farmacias, si se tiene en cuenta que algún tipo de CBD sintético causó con probabilidad 52 envenenamientos en el estado de Utah (EE. UU.) a finales del 2017 y principios del 2018. Junto a elementos perniciosos hallados por la Virginia Commonwealth University, como el inhibidor de la tos dextrometorfano, dentro de cigarrillos electrónicos. Además de un 31% de etiquetado deficiente en 84 aceites, tinturas y productos para cigarrillos electrónicos con CBD también detectados igualmente en el año 2017. Por lo tanto, lejos del paraguas de protección que ofrecen siempre las farmacias, se esconde el peligro. Con la ley en la mano Antes del respaldo dado por la OMS al CBD, la Convención Única (CU) de estupefacientes de Naciones Unidas (1961), suscrita por España el 3 de febrero de 1966 y que dio lugar a la Ley 17/1967, de 8 de abril, incluyó este producto natural el cannabis dentro del primer listado de dicha convención, siendo el II para las sustancias sintéticas. En relación con los cogollos o extremos (sumidades) floridos o con fruto de la planta, sin inclusión de las semillas u hojas no

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