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personas mayores durante el confinamiento ha sido real, por eso han tenidopor partedel farmacéuticoel servicioextraordinariodeacudir a su domicilio”, explica. Recuerdaquemuchas de esas personas sonademás dependientes, que viven solas y necesitan determinadas atenciones. Se ha regulado específicamente la atención farmacéutica domiciliaria y la dispensación con entrega informada a domicilio. ¿Se afianza una necesidad actual de la población, alejándose del concepto delivery? “La atención farmacéutica domiciliaria es un acto profesional, no es una actividad de venta a domicilio, que está prohibida, ni se trata tampoco de subir los medicamentos u otros productos al domicilio. Quien lo está entendiendoasí se equivocay, enese sentido, paraquenohayani un solo resquiciodel llamadodelivery, cerraremos eneseartículo todaposibilidad a la alternativa de transporte que realizan las empresas a domicilio en compras online”, asevera. El objetivo, a la vista de la situación de Atención Primaria, debe ser aliviar la presión asistencial gracias a esta Ley.“Si noes así, intentaremos queen lapróxima redacciónsevea reflejado. Es lógicoqueel farmacéutico comunitario tenga una relación directa con el médico prescriptor y, por supuesto, tambiéncon los farmacéuticosdeAtenciónPrimaria”, expresael presidente del COFM. Opina que todomejoraríamuchomás. Destaca que hay aspectos que son de ley, en este ámbito, y otros que no son de ley, porque se pueden articular por Orden o Instrucción. Según el anteproyecto, los centros de servicios sociales de carácter residencial con 100 camas, o más, en régimen de asistidos estarán obligados a disponer de un servicio de farmacia propio. Existe un RDL de 2012, norma básica del Estado, que dice eso.“Ennuestra Ley del año 98 también se decía y hanpasado23años y no se haavanzado, loque no quiere decir quemás tarde que temprano se puedaarticular depósitos de medicamentos. Eneste caso, el anteproyectode Ley recoge laprevisiónde lo que dice el Estado. Personalmente, me gustaría que las farmacias de la zona básica de Saludmantuvieran esa relación profesional en las residencias”, declara. O sea, un acto profesional donde la responsabilidad del depósito y la atención a las personas institucionalizadas asistidas fuera responsabilidaddeun farmacéuticode farmaciade la zonadonde esté ubicada la residencia. Una pregunta que se hacen farmacéuticos críticos es si, en el camino de la Ley hasta llegar a su aprobación, se va a otorgar a los enfermeros capacidaddevetoen lanormativaadesarrollar. Abordamos conGonzález este asunto. Subraya que Enfermería es una profesiónque tiene sus competencias, como las tienen los farmacéuticos.“Enunmundodonde loque esmejor para lapoblaciónes el entendimientode los profesionales y lacooperaciónno se entienden reclamaciones parciales”, afirma. Indica que ellos no se han opuesto a que prescriban determinados medicamentos y que, si alguien conoce la farmacología delmedicamento, ése es el farmacéutico. No ve vetos, y sí colaboración entre unos y otros. Por último, remarca que estarán“muy encimadel tratamientode la Ley” y que seguirán aportando lasmejores sugerencias, con la ayuda de los farmacéuticos que les están mandando sugerencias, para lograr “la mejor Ley para los ciudadanos, para el Sistema y para los farmacéuticos, que son los que tienen que prestar el servicio concertado con el Sistema Público”. que, siendo servicios de carácter profesional, si se produce interpretación incorrecta, podrían terminar en un puro negociomercantil, que desde la farmacia queremos obviar, porque no es nuestro sentir como sanitarios. Mi valoración es positiva”. Le preguntamos por los puntos fuertes y los débiles del anteproyecto. “Puntos fuertes los hay, y bastantes. Lo que sucede es que tenemos que intentar atar bien todo para que en la Ley no quepan interpretaciones. Particularmente, tengo que estar de acuerdo en las funciones de la Farmacia, aunque me gustaría algunas más, lo que sucede es que posiblemente no tendría cobertura legal nacional; la planificación es una herramientabásica, sobre todoque seajustea laplanificaciónasistencial de la Comunidad de Madrid; la posibilidad en todo el territorio de poder trasladarse antes de abrirse una nueva farmacia, es una gran ventaja y un valor patrimonial; las funciones de Primaria y Farmacia Hospitalaria; la cooperación institucional, en fin, un conjunto de artículos que van perfilando un texto de Ley que puede abrir una generación de una farmacia cara al futuro”, reflexiona. Con respecto a los débiles, “están muy claras las elevadas sanciones por la tipología a quien va destinada, establecimientos sanitarios”. Insiste en que de lo que se trata ahora en audiencia pública es de atar bien determinados artículos y dar forma adecuada a la cooperación entre farmacia comunitaria y Atención Primaria, por ejemplo. Añade que igualmente hay otros artículos que deberánargumentar adecuadamenteparaqueen la Ley se contemple. Cita el módulo de habitantes. ¿Qué es lo que se ha mejorado con respecto al borrador que se conocía? González responde que los avances han sido muy importantes. “Prácticamente, todos los artículos han sidomodificados parcialmente o enteros, como es el caso de la Exposición de Motivos”, aclara. Han intentado en estos días atrás trasladar sus preocupaciones a la Consejería de Sanidad y nos encontramos en el momento de “poner por escrito aquellas cuestiones que atañen al ejercicio farmacéutico y a su ordenación”. Estamos en la fase de estudio y redacciónde alegaciones de este anteproyecto de Ley. Plasma la realidad Le cuestionamos si este anteproyectoplasma la realidad farmacéutica y las necesidades de los pacientes. Dice que, como cualquier otro, parte de la normativa básica del Estado. A partir de ahí, dispone de posibilidades de diseñar un modelo con arreglo a las competencias que tienen atribuidas en materia de ordenación sanitaria las CC AA. En ese sentido, González considera que “cumple con las atribuciones que la Ley estatal determina y va más allá al fijar servicios, funciones y secciones nuevas que se han visto como una necesidad por parte de la sociedad”. Sostiene que, “sí, plasma esa realidad”. Si bien, avisa de que “tenemos la obligación de que la realidad no se convierta en una ficción”. La alarma sanitaria y el confinamiento, producidos por la pandemia, han llevado a conocerse unas necesidades que tenía determinada población, personas mayores, crónicas, polimedicadas, etcétera, que tienen problemas demovilidad o problemas de vulnerabilidad. “Estas personas mayores hoy se encuentran bien y bajan al mercado y a la farmacia y mañana no se pueden levantar. Asimismo, el miedo en nuestras “LA ATENCIÓN FARMACÉUTICA DOMICILIARIA ES UN ACTO PROFESIONAL, NO ES UNA ACTIVIDAD DE VENTA A DOMICILIO”

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