Las trampas de la reforma laboral y cómo el farmacéutico autónomo puede evitar caer en ellas

Representantes de la patronal y de los trabajadores por cuenta propia se han mostrado muy críticos con la reciente modificación de la anterior ley del trabajo. Por otra parte, se han dado claves para conocer las novedades que recoge, la principal el contrato fijo-discontinuo.

24/03/2022

La nueva reforma laboral, en vigor desde el pasado 31 de diciembre, no ha cambiado nada y, es más, ha empeorado las cosas, si se hace caso a lo dicho durante la mesa redonda `La reforma laboral en la farmacia y la actualidad de los farmacéuticos / autónomos´ que se ...

La nueva reforma laboral, en vigor desde el pasado 31 de diciembre, no ha cambiado nada y, es más, ha empeorado las cosas, si se hace caso a lo dicho durante la mesa redonda `La reforma laboral en la farmacia y la actualidad de los farmacéuticos / autónomos´ que se ha celebrado este jueves en el marco de Infarma 2022, celebrado en IFEMA Madrid.

Con Juan Ramón Vicente Muñoz, vicetesorero de ADEFARMA, como moderador de este coloquio, los representantes de empresarios, autonómos y farmacéuticos han desgranado los aspectos clave de la nueva legislación.

Para Laura Gómez Lima, vicesecretaria general en la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), sigue siendo "lamentable" el nivel de las prestaciones para los trabajadores por cuenta propia. Y es más, es que no aclara las cuotas por tramos, ha reprochado. A ello se suma que la base de cotización y la cuota de contingencia bajan considerablemente con la nueva reforma laboral.

"Estamos pidiendo que los topes se eliminen para los autónomos que quieran subirse su base de cotización. Si no nos dejan subirlos, no sé qué espera el Gobierno que quede para un autónomo el día de mañana", ha zanjado.

Sobre cotizaciones, Cristóbal López de la Manzanara Cano, presidente de ADEFARMA, ha apuntado a que esta se incrementa en los contratos de duración determinada inferiores a 30 días, que tendrán una cotización adicional de 26,57 euros a cargo de la farmacia.

López de la Manzanara también se ha detenido en analizar los nuevos contratos de duración determinada. Así, para demostrar temporalidad en la farmacia "que se especifique con precisión, en el contrato, la causa de esa temporalidad y la relación que guarda con la duración prevista del contrato. Y no puede entenderse como causa de temporalidad las situaciones de trabajo fijo-discontinuo".

Y ese es el quid de la cuestión de la reforma laboral, al menos para Luis Méndez López, director de Asuntos Laborales de CEIM, Confederación Empresarial de Madrid-CEOE. "Es el contrato privilegiado", no ha dudado en señalar. Este será necesario para los picos de actividad, ha precisado, que sean previsibles a lo largo del año.

"El trabajador que se contrata es indefinido, pero cuando se termina ese pico de actividad, se da de baja, pasa a una bolsa y tendrá prioridad para ser llamado", ha agregado. En caso de que el trabajador no quisiese volver, se extinguiría su contrato sin indemnización. Si bien se diese el caso de que el empresario quiere a otro trabajador que no tiene prioridad, se debería aplicar el despido improcedente con indemnización de 33 días por año trabajado.

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López de la Manzanera ha apuntado además que este tipo de contrato ha de ser de carácter estacional o vinculado a actividades productivas de temporada, como el caso de las "farmacias en la sierra de Madrid, en los pueblos de verano…".

Los que también sufren modificaciones son los contratos para la obtención de la práctica profesional, que se ven reducidos de dos a un año y, ha apuntado el presidente de ADEFARMA, "ha de concertarse dentro de los tres años siguientes a la terminación de los estudios correspondientes (cinco años si se concierta con una persona con discapacidad)".

Este ha querido referirse al final de su intervención al despido, del que ha pedido al Gobierno que lo "regule". "Si se compara con otros países, no puede ser que España sea donde menos días se paguen por despido", ha advertido.

Por su parte, Méndez ha resumido qué supone esta reforma laboral. "Facilitar la vida, no la facilita para el trabajador. Pero tampoco facilita la vida a las empresas. Eso sí, se ha conseguido desactivar la bomba que se quería implantar en anteriores anteproyectos". Aun así, ha opinado que "no supone un beneficio" para empresas y oficinas de farmacia, ya que "no otorga flexibilidad".

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De ello se ha encargado Gómez, que ha desgranado las bases de cotización por las que se mueven los trabajadores autónomos. La mínima, que está en 944,60 euros al mes y cuya cuota mensual a la Seguridad Social se sitúa en 286 euros mensuales. Para los autónomos societarios, la base es de 1.234,86 euros al mes, y la cuota ronda los 377,86 euros por mes.

El tipo de cotización total supone un 30,6%, que se divide en un 28,30% relativo a contingencias comunes; un 1,30% a contingencias profesionales; un 0,9% al cese de actividad y otro 0,10% a formación.

Sobre estos dos últimos apartados, Gómez ha comentado que por una parte el cese de actividad ya venía siendo "conflictivo". "Se creó en caso de cese de negocio pero se necesita justificar mucho el cierre para acceder a ayudas", ha criticado.

En formación pasa algo similar, ha señalado. "No se sabe a qué formaciones accede el autónomo aunque se cotice esta parte".

Autor: IM Farmacias
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