La normativa impide que los servicios de dietas personalizadas se puedan prestar en la oficina de farmacia

Así lo aseguró Rocío Martín, de Bufete Escura, en una jornada organizada por FEFAC.

02/06/2016

Según el despacho de abogados y economistas Bufete Escura, la normativa de farmacias establece que las únicas actividades que se pueden prestar dentro de la oficina de farmacia a parte del propio servicio de prestación farmacéutica son el análisis clínico, la óptica, la acústica audio métrica y la ortopedia mayor. ...

Según el despacho de abogados y economistas Bufete Escura, la normativa de farmacias establece que las únicas actividades que se pueden prestar dentro de la oficina de farmacia a parte del propio servicio de prestación farmacéutica son el análisis clínico, la óptica, la acústica audio métrica y la ortopedia mayor. Es por ello que el Servicio de Dietas Personalizadas no se puede desarrollar dentro de la oficina.

Bufete Escura ha participado recientemente en una jornada organizada por la Federación de Asociaciones de Farmacias en Cataluña (FEFAC) sobre el servicio de dietas personalizadas en la oficina de farmacia. La prestación de distintos servicios dentro de la oficina de farmacia es un tema ampliamente controvertido y que ha motivado muchas interpretaciones distintas, incluidas diferentes aplicaciones en atención a las leyes de cada comunidad autónoma.

En este sentido, la abogada de Bufete Escura Rocío Martín recordó a los más de 80 farmacéuticos participantes que la Normativa de Farmacias establece en su Art. 3 del Decreto 168/1990 de 3 de julio que las únicas actividades que se pueden prestar dentro de la Oficina de Farmacia son, a parte del propio servicio de prestación farmacéutica, el análisis clínico, la óptica, la acústica audio métrica y la ortopedia mayor. Es por ello que la prestación del servicio de dietas personalizadas no se puede prestar en la misma oficina de farmacia.

Autor: IM Farmacias